Reclaman la instauración de
"un Estado laico en una sociedad plural"
Denuncian que la institución
eclesiástica "ha incumplido su compromiso de autofinanciación"
El
colectivo de "Cristianas y cristianos de base de Madrid" ha
enviado el 27 de noviembre de 2012 una carta al Presidente del Gobierno,
Sr, Rajoy, pidiéndole que denuncie los Acuerdos entre la Santa Sede y el
Estado español firmados en enero de 1979, en sustitución de anteriores
Concordatos.
Estos
Acuerdos consagran para la Iglesia Católica numerosos privilegios,
lesionan seriamente los derechos de muchos españoles que tienen otras creencias
u otras convicciones filosóficas, y lastran de forma grave el genuino
sentido del cristianismo, a través del contradictorio proceder de la
Iglesia Católica, motivo de escándalo para muchos. Las razones que avalan dicha
petición son múltiples.
Queremos
hacer hincapié en los siguientes aspectos.
1)
Estos Acuerdos mantienen casi intacto el núcleo del Concordato de 1953 (pre
democrático y nacido en el marco de la Dictadura), especialmente en los
privilegios que otorgan a la Iglesia Católica en el ámbito de la Economía y de
la Enseñanza.
2)
Fueron concebidos, negociados y acordados sin contar con la ciudadanía.
3)
Siendo la Iglesia la mayor propietaria de bienes inmuebles en España, ha
incumplido su compromiso de autofinanciación en tres años, tal como
reconoció en los citados Acuerdos, y continúa recibiendo del Estado diez mil
millones de euros al año.
4)
En el ámbito de la educación, resulta totalmente irregular que sea el Estado
el que pague a los profesores de religión y sean los obispos los que los
elijan y los puedan expulsar a su conveniencia, al margen de la normativa que
rige para el resto del profesorado.
Por
todos estos motivos y otros que conculcan principios fundamentales como son los
Principios de Laicidad, Igualad y Neutralidad, estimamos que deben ser
denunciados tanto por el Gobierno Español como por representantes de la Iglesia
Católica.
Éste
es el texto íntegro de la carta:
Sr. Presidente del Gobierno D.
Mariano Rajoy
Somos un colectivo de comunidades de
base, agrupadas como "Cristianas y Cristianos de Base de Madrid"
coordinadas con otros grupos análogos en diferentes territorios del Estado y
formamos parte de la Iglesia Católica.
El objetivo de esta carta es plantearle
la urgente necesidad de que el Gobierno que V. preside denuncie los Acuerdos
firmados por el Estado Español con la Santa Sede en 1976 y 1979 (BOE,
03/01/1979) porque a nuestro juicio, esos Acuerdos consagran para la Iglesia
Católica numerosos privilegios, lesionan seriamente los derechos de muchos
españoles que tienen otras creencias u otras convicciones filosóficas, y
lastran de forma grave el genuino sentido del cristianismo, a través del
contradictorio proceder de la Iglesia Católica, motivo de escándalo para
muchos.
Tras mucho tiempo de reflexión sobre la
actuación de la Iglesia Católica en el seno del Estado democrático que, desde
hace décadas intentamos consolidar, hemos llegado a la conclusión de que el
actual marco de relaciones Iglesia-Estado colisiona frontalmente con distintos
principios fundamentales recogidos en nuestra Constitución (ver documento
adjunto), lesiona derechos básicos de muchos ciudadanos y traiciona la
neutralidad del Estado respecto a las diferentes corrientes de pensamiento,
convirtiéndolo, de facto, en un Estado Confesional. Todas las razones apuntadas
ponen de manifiesto la necesidad de denunciar estos Acuerdos y sustituirlos por
otras normas más acordes con un Estado social y democrático de Derecho, que
pongan un punto final a los anacronismos hoy vigentes en diferentes esferas de
la vida pública española. Numerosas razones avalan la necesidad de esta
denuncia:
En el ámbito jurídico-político: Los
acuerdos con la Santa Sede (al margen de su estructura jurídica que pensamos
puede ir en contra de la Constitución) mantienen casi intacto el núcleo del
Concordato de 1953 (pre democrático y nacido en el marco de la Dictadura),
especialmente en los privilegios que otorgan a la Iglesia Católica en el ámbito
de la Economía y de la Enseñanza, fueron concebidos, negociados y acordados sin
contar con la ciudadanía. Vieron la luz sólo unos pocos días después de la
promulgación de la Constitución Española de 1978, poniendo de manifiesto la
urgencia por resolver el tema antes de que las reglas del juego democrático
estuvieran plenamente establecidas.
En el ámbito económico: Tanto el
Acuerdo sobre Asuntos Económicos como diferentes normas legales posteriores
atribuyen a la Iglesia Católica unos derechos que implican subvenciones,
exenciones fiscales y facultades de apropiación patrimonial, inexplicables en
un Estado democrático. Por el contrario, la Iglesia, la mayor propietaria de
bienes inmuebles en España, incumple su compromiso de autofinanciación, tal
como reconoció en los citados Acuerdos, y continua reclamando incrementos en
las subvenciones estatales que, en estos momentos, superan ya los diez mil
millones de euros al año. En nuestros días, esas demandas tienen como
consecuencia el lamentable espectáculo de ver como la población se empobrece
con la crisis, Y los ajustes y recortes recaen especialmente sobre los más
débiles, mientras la Iglesia Católica es la única instancia, además del sector
financiero y las grandes empresas, que se mantiene inmune ante la crisis:
ningún recorte en subvenciones, las mismas exenciones fiscales que décadas
atrás. En su defensa, siempre alega la labor de Caritas (que todos reconocemos)
pero oculta que la financiación de la Iglesia a su labor no llega ni al 3% del
presupuesto de Caritas.
En el ámbito de la Educación:
Convencidos de que la Escuela debe, no solo transmitir conocimientos, sino
propiciar la formación plena del alumno como persona y como ciudadano, pensamos
que solo el Estado puede cumplir este cometido, ya que solo él puede
garantizar, de forma universal e igualitaria, una escuela pública de calidad
para todos. Por ello pensamos que esta tarea no le incumbe directamente a la
Iglesia, que no representa al conjunto de la población sino solo a una parte.
Y, sin embargo, la Iglesia, a través de diferentes confesiones religiosas,
acapara hoy más de 2/3 de los centros educativos no públicos.
Otro anacronismo difícil de entender es
la presencia de la religión en la escuela. La educación en la fe religiosa
pertenece a otro lugar, y a otros protagonistas: los templos, las sinagogas,
las mezquitas, etc. Si hoy pervive es porque los Acuerdos con la Santa Sede
garantizan y blindan para la Iglesia, ese dominio ideológico, de las
conciencias.
Asimismo, nos parece totalmente
irregular que sea el Estado el que pague a los profesores de religión y sean
los obispos los que los elijan y los puedan expulsar a su conveniencia, al
margen de la normativa que rige para el resto del profesorado.
En el ámbito social y cultural: Desde
el ámbito de lo social, los Acuerdos son también contrarios a la lógica
democrática, ya que consolidan la casi omnipresencia de la Iglesia Católica en
instituciones y espacios que no son los suyos: hospitales, ejércitos,
ceremonias civiles, etc. sin olvidar su constante intento de injerencia en las
políticas sociales así como en el desarrollo legislativo regulador de los
derechos civiles, la moral pública, la investigación, etc. Un poder de coacción
moral incompatible con el pluralismo ético y cultural de la sociedad española y
con el ejercicio de las libertades que consagra nuestra Constitución.
Por entender que ninguna confesión
religiosa ni cosmovisión alguna puede imponer sus códigos morales al conjunto
de la sociedad, y que la libertad de conciencia es anterior y superior a la
libertad de las organizaciones para difundir sus propias creencias y puntos de
vista, reclamamos del Estado un marco jurídico nuevo que garantice el derecho
de los ciudadanos a la libertad de conciencia moral, así como el compromiso por
consolidar una Ética pública basada en el respeto a los Derechos Humanos y a
los principios y valores democráticos recogidos en la Constitución.
En conclusión, Sr. Presidente, Por
todos estos motivos, cuyo razonamiento más detallado se ofrece en el documento
adjunto, creemos que es cada vez más urgente la denuncia de los Acuerdos con la
Santa Sede que deben ser derogados y sustituidos por normas acordes a un Estado
democrático de derecho, es decir, con máximo respeto a las libertades civiles
de los ciudadanos y bajo los principios de no discriminación y no
confesionalidad del Estado.
Atentamente,
Fdo.: Gloria Encinas
Presidenta de "Cristianas y
Cristianos de Base de Madrid", en nombre y representación de su Asamblea
General.
Madrid, noviembre, 2012
Razones
para denunciar los Acuerdos Santa Sede-Estado Español
Estos
Acuerdos concordatarios (BOE 03/01/1979) son el principal escollo para la
consecución efectiva de un Estado laico, es decir, de verdad aconfesional.
Porque van en contra de principios y valores, contenidos en el art. 1 de la
Constitución y que son fundamentales, como pueden ser el Principio de Laicidad,
el Principio de Igualdad y el Principio de Tolerancia:
1.-
Principio de Laicidad:
Se
entiende como laicidad del Estado la independencia y separación efectiva entre
el Estado y las iglesias, entre los planos secular y religioso. En clave
histórica, diríamos que es la autonomía de lo político y civil respecto a lo
religioso. Esa separación de esferas afecta tanto al orden económico y político
como al doctrinal y moral. En nuestro país dicha autonomía tiene muchas
aristas, pues venimos de etapas históricas de plena identificación entre la
Iglesia y el Estado. Sobre todo, desde 1978 vivimos en unas coordenadas en las
que, según nuestra Constitución, (art. 16.3) el Estado español es aconfesional,
es decir, no se adscribe a ninguna confesión religiosa. Ello no quiere decir
que sea contrario a la religión, ni que profese varias confesiones a la vez.
Significa simplemente que es laico, independiente de todo credo religioso.
Estado aconfesional es equivalente a Estado laico. Sin embargo, la Laicidad
efectiva, en la sociedad y el Estado, exige una serie de medidas, reivindicadas
cada vez más por distintos sectores de la sociedad, que afectan de modo
esencial a la Iglesia Católica, dado su estatus preferencial frente a otras
confesiones. Un Estado democrático no puede ser confesional, no puede
participar de una confesión religiosa particular, porque eso discrimina a los
ciudadanos que participan de cualquier otra convicción.
El
artículo 16.3 continúa "Los poderes públicos tendrán en cuenta las
creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes
relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás
confesiones." Es una manifiesta contradicción en los términos del propio
artículo. No hay ninguna confesión de carácter estatal; pero expresa un papel
reconocido a las creencias religiosas en el ámbito público, que no se reconoce
a los demás formas de convicciones. Y la cita expresa de la Iglesia Católica es
en sí un privilegio clerical. Una vez más se confunde el sujeto de los derechos
fundamentales; que no es la institución Iglesia Católica y otras religiones,
sino el de aquellos ciudadanos de creencias religiosas.
La
actual situación también colisiona con nuestro marco jurídico constitucional.
El contenido y contexto político de los Acuerdos Santa Sede-Estado español
representan una herencia manifiesta del Concordato franquista de 1953. De
hecho, el primer acuerdo (1976) es netamente pre-constitucional y los otros
cuatro, de 1979, -firmados tres días hábiles después de la entrada en vigor de
la Constitución- sólo son formalmente post-constitucionales, pero contienen
privilegios para la Iglesia Católica que van contra la Constitución. Chocan
frontalmente con principios y derechos fundamentales, como el de Igualdad Art.
14; o el de la libertad de Conciencia. Todo ello, convierte en letra muerta el
Artículo 9 .2 de la CE: "Corresponde a los poderes públicos promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en
que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o
dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en
la vida política, económica, cultural y social"
Por
respeto a la Constitución y a los derechos fundamentales en ella recogidos,
tales Acuerdos. deben ser derogados y sustituido por leyes acordes a un Estado
democrático de derecho, es decir, con máximo respeto a las libertades civiles
de los ciudadanos y bajo los principios de no discriminación y no
confesionalidad del Estado.
Creemos
que nuestro desarrollo político exige superar definitivamente la implicación y
mutua subordinación de facto, entre el ejercicio de gobernar y la influencia
doctrinal religiosa. No son entendibles los residuos de Nacionalcatolicismo que
subyacen en, por ej., los "juramentos ante la Biblia" en actos
estrictamente políticos o la asistencia oficial de servidores públicos, en
cuanto tales, a celebraciones religiosas. Menos aún lo es, la exención a las
Confesiones Religiosas de impuestos que son obligatorios para todos los
ciudadanos, o el reconocimiento a la Iglesia Católica de competencia jurídica
para apropiarse de bienes de carácter público por el mero hecho de no estar
registrado.
2.-
Principio de igualdad:
La
igualdad es el principal principio de la organización de la sociedad política
democrática. No hay autentica libertad sin igualdad; y la igualdad sin libertad
es un engaño. En España esta consagrada en el artículo 14 de la Constitución de
1979: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social." Y, repetimos,
en el 9.2 "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones
para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se
integren sean reales y efectivas;..."
Todos
sabemos que vivimos en una sociedad caracterizada por el pluralismo y en ella
afirmamos que hay condiciones para llevar a la práctica el derecho a la
"igualdad" Creemos que es posible armonizar la igualdad de derechos
de los ciudadanos con el pluralismo de creencias, concretamente las creencias
religiosas. Como es lógico, tenemos presente que el pluralismo de creencias y
de valores es un hecho sociológico, en tanto que la igualdad es un derecho
fundamental de los ciudadanos, Parece razonable que la conditio sine qua non
para que la igualdad sea posible, en una sociedad plural, es que los poderes
constitutivos del Estado de Derecho no privilegien a ninguna confesión
religiosa sobre las demás. Porque únicamente en una sociedad en la que nadie es
privilegiado será posible la "no discriminación". Es evidente que,
desde el momento en que una confesión religiosa es favorecida legalmente (o se
da pie para que lo sea), los adeptos a esa confesión gozan de unas ventajas que
rompen la igualdad de derechos con los demás ciudadanos. Como es lógico, si se
privilegia legal o económicamente a la Iglesia católica, inevitablemente los no
católicos ateos, agnósticos, indiferentes, quedan en inferioridad de
condiciones. Es decir, se establece un principio de desigualdad que es
anticonstitucional. Por tanto, con esto queremos decir que toda ley o toda
decisión económica que tenga como consecuencia favorecer los intereses legales,
económicos, docentes o de cualquier clase de una determinada institución
religiosa, anteponiendo esos intereses a los de las demás confesiones, o
convicciones filosóficas, introduce en la convivencia de los ciudadanos un
principio de discriminación que rompe la igualdad de todos. Lo contrario
supondría un principio de discriminación que haría extremadamente difícil la
convivencia ciudadana en esta sociedad plural. Esto es lo que está pasando con
los Acuerdos Santa Sede-Estado español de enero de 1979.
Por
otra parte, la Constitución Española establece con claridad y firmeza la
igualdad de derechos y, por tanto, es evidente que, desde el punto de vista
constitucional, no privilegia a ninguna confesión religiosa sobre las demás
confesiones y convicciones que, de hecho cuentan con seguidores en España. Pero
esto es verdad solamente si la situación se analiza a primera vista, es decir,
de manera superficial. Porque, como sabe todo el mundo, la religión cristiana
ha sido en España, durante siglos, no sólo la religión privilegiada, sino sobre
todo la religión única y, en gran medida, se puede decir que ha sido también la
religión oficial. Esto es cierto hasta el punto de que el cristianismo ha sido
uno de los pilares constitutivos de la cultura occidental. Más aún, esta
religión única y, en buena medida, oficial, sigue teniendo su centro
organizativo y administrativo en Roma, es decir, en Europa. Y desde Europa ha
sido exportada a otros continentes.
Hay
que tener en cuenta que las verdades de la religión cristiana y sus normas han
sido utilizadas por españoles y europeos para legitimar la colonización, la
dominación y el imperialismo de las potencias españolas y muchas europeas, y de
la cultura occidental sobre el resto del mundo. Como es lógico, una historia
que ha estado marcada de manera tan profunda y con consecuencias tan graves no
se puede borrar por la fuerza de unas normas constitucionales, por mucho
consenso parlamentario que obtengan en este momento. Porque, al hablar de todo
este asunto, estamos ante una cultura de siglos, asumida e integrada en la
sangre misma de las ideas más queridas por millones de ciudadanos de España y
de toda Europa. En este sentido, parece lógico afirmar que el Parlamento
español debe vigilar cuidadosamente para que las verdades y las normas
religiosas, que vienen dictando la iglesia católica desde hace siglos, y las
que rigen ahora desde 1979, no tengan ningún tratamiento de preferencia en
nuestro país. Los españoles y europeos no deberíamos olvidar nunca que tenemos
asimiladas las enseñanzas y las normas de nuestra vieja tradición cristiana
como algo enteramente lógico y natural, cosa que no es así para los millones de
personas que conviven en España y en toda Europa y que proceden de tradiciones
culturales y religiosas que poco o nada tienen que ver con el cristianismo.
No
olvidemos que, cuando se trata del catolicismo, la pertenencia a una Iglesia
multinacional obliga a los católicos a profesar fe y obediencia a una instancia
que se escapa al control de los Estados. Porque, aparte de su carácter
multinacional, cuando hablamos de la Iglesia católica, estamos hablando, no
sólo de una religión, sino además de un Estado. Un Estado que tiene sus
embajadores (los Nuncios), sus relaciones diplomáticas internacionales, y que
tiene la ventaja de que puede jugar, en el gran juego de la política, con dos
barajas: la baraja que usa las cartas marcadas por la ley (concordatos,
acuerdos, pactos internacionales...) y la baraja que usa las cartas marcadas
por la conciencia, es decir, se sirve (como lo hacen otras religiones) de la
presión de los sentimientos de culpa sobre las conciencias de muchos
ciudadanos. Lo cual es "jugar con ventaja". Porque, cuando los
obispos ven que les conviene, utilizan los procedimientos propios de la
diplomacia y los derechos que se derivan de los acuerdos de Estado. Y cuando
consideran que es más eficaz actuar como pastores de almas, presionando a las
conciencias y sacando a relucir los argumentos y el lenguaje que se deriva del
Evangelio.
Por
estar convencidos de que ninguna confesión religiosa ni cosmovisión alguna puede
imponer su moralidad al conjunto de la sociedad; por entender que la libertad
de conciencia es anterior y superior a la libertad de las organizaciones para
difundir sus propias creencias y puntos de vista, reclamamos del estado un
marco jurídico nuevo que garantice el derecho de los ciudadanos a la libertad
de conciencia moral, así como el compromiso por consolidar una Ética pública
basada en el respeto a los Derechos Humanos. y a los principios y valores
democráticos recogidos en la Constitución.
Ello exige,
entre otras prácticas políticas, la promulgación de una nueva Ley de libertad
de conciencia y la búsqueda de un consenso social sobre valores democráticos
fundamentales a preservar en nuestro ordenamiento jurídico, que superen los
atavismos de un Nacionalcatolicismo hace tiempo superado por la sociedad
española.
3.-
Principio de Tolerancia.
La
tolerancia según la "Declaración de Principios sobre la Tolerancia"
de la UNESCO de 1995, "consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio
de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de
expresión y medios de ser humanos. La fomentan el conocimiento, la actitud de
apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión. La tolerancia consiste en la armonía en la diferencia. No sólo es un
deber moral, sino además una exigencia política y jurídica. La tolerancia, la
virtud que hace posible la paz, contribuye a sustituir la cultura de guerra por
la cultura de paz".
Advierte
la UNESCO que "tolerancia no es lo mismo que concesión, condescendencia o
indulgencia. Ante todo, la tolerancia es una actitud activa de reconocimiento
de los derechos humanos universales y las libertades fundamentales de los
demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de
estos valores fundamentales. La tolerancia han de practicarla los individuos,
los grupos y los Estados".
El
principio de tolerancia, como se deduce del documento de la UNESCO, se basa en
que todos y todas somos iguales, aunque tengamos distintas creencias,
convicciones, y comportamientos. La ciudadanía exige una actitud de aceptarse y
soportarse mutuamente en el espacio público de la sociedad que es de todos. La
laicidad va muy unida a la tolerancia (que viene del verbo latino tollere que quiere
decir soportar, aceptar, tener paciencia) que significa liberar a la política y
a la moral de toda tutela religiosa, colocando en su lugar a la razón. Cuando
en una sociedad laica se admite el hecho de una inmigración constante de muy
distintos países y continentes, esto implica la diversidad de religiones,
credos y morales. Entonces, la tolerancia es una llamada a la ciudadanía para
llegar a convivir pacíficamente y crecer personalmente. Los problemas vienen de
la convivencia ciudadana del día a día, con el otro que es distinto, cuando
surgen personas y grupos (los inmigrantes) que ponen en cuestión unos valores y
formas de vivir que se consideraban inapelables.
Ese
reconocimiento no es una etiqueta de validez, ni de consentimiento. La
tolerancia rechaza la imposición dogmática. No admite el planteamiento de los
Acuerdos de 1979. Supone el debate de progreso, la crítica, la sátira de las
ideas o de otro tipo de características, siempre que éstas no inciten a actos
contra las personas que los ostentan y que no lesionen sus derechos. Y mucho
menos es un permiso de "todo vale"; no consiente los actos ilegales
bajo la excusa de que corresponde a manifestaciones "naturales",
tradicionales, intimas de la fe, de orden revelado, de la etnia, de la cultura,
de la lengua, de la tradición. "La tolerancia con la intolerancia es
también intolerancia."
---oOo---
Propugnamos
el laicismo, entendiendo por tal el pensamiento y la actuación orientados a la
consecución y defensa del Estado Laico, de la Laicidad de sus Instituciones y
de la actuación consecuente de los Cargos Públicos en el ejercicio de sus
funciones. El laicismo es una posición política de reclamación del
cumplimiento por parte del Estado de una nota esencial de la democracia y de
los Derechos Humanos: la laicidad que es la Igualdad de los Individuos en
el Derecho Fundamental a la Libertad de Conciencia.
Aunque
somos conscientes de la existencia de un laicismo que, tal vez busca la
desaparición social de las religiones, o aquél otro que trata de reducir las creencias
y las prácticas religiosas al ámbito de lo estrictamente privado, sin
visibilidad en el plano social, decimos que no compartimos ni uno ni otro. Creemos
en la libre expresión de cualquier creencia religiosa y de su derecho a
expresarse públicamente. Pero, dada nuestra coyuntura, abogamos con más
fuerza aún por la separación e independencia real de las religiones y el poder
político. Hoy, en España, sigue siendo un reto, urgente por olvidado, el
objetivo de instaurar un Estado Laico en una sociedad plural.
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